Noticiascastillayleon.com, 5/2/2014.- El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica hoy el Reglamento de Asistencia Contable y Presupuestaria de las Entidades Locales Menores de la provincia de Palencia, una herramienta que facilitará a las Juntas Vecinales la asistencia en la redacción de los presupuestos, informes de estabilidad presupuestaria, preparación de la liquidación y cuentas anuales y rendición de las mismas ante los organismos de control, tanto de la Administración del Estado como la Autonómica y el propio Consejo de Cuentas de Castilla y León.
A partir de esta fecha se abre el plazo de un mes para que las juntas vecinales interesadas se adhieran a este servicio de asistencia mediante la firma de un convenio de colaboración con la Diputación.
Será el personal del Servicio de Asistencia a Municipios (SAM) de la Diputación, que se ha visto ampliado para posibilitar esta asistencia contable en un secretario interventor (funcionario de habilitación nacional), y el personal establecido en la oficina descentralizada de Cervera de Pisuerga, quienes llevarán a cabo el desempeño de este nuevo servicio a las entidades locales.
Para solicitar la asistencia contable y presupuestaria, se requerirá petición escrita del presidente de la Entidad Local Menor dirigida al presidente de la Diputación, que deberá ir acompañada de informe acreditativo de la aceptación de dicha solicitud por parte del Secretario municipal o persona que desempeñe el puesto de secretaría de dicha entidad en los términos de la normativa aplicable vigente. Dicha solicitud se presentará en el Registro General de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes.
La función de asistencia contable y presupuestaria, consistirá en:
Mecanización de la contabilidad.
Asistencia en la elaboración del proyecto/expediente del presupuesto anual, modificaciones presupuestarias y demás documentos objeto de la gestión presupuestaria.
Asistencia en la elaboración de la liquidación anual del presupuesto.
Remisión telemática de la Cuenta General de las Juntas Vecinales al Consejo de Cuentas. Asistencia para la confección del expediente administrativo correspondiente.
Se excluyen de dicha función las competencias relativas a las funciones reservadas de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
La asistencia contable y presupuestaria lo será a partir de la aceptación de la encomienda por parte de la Diputación Provincial, previa solicitud de la entidad local menor y posterior firma de un convenio de colaboración entra ambas administraciones.
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