martes, 17 de junio de 2014

La CHD no sancionará al Adif por secar los acuíferos de la Variante

Diario de León, á. c. | león 17/06/2014.- Como «el proyecto de restauración que elabore el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) deberá ser autorizado por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), previo estudio de las soluciones planteadas», el organismo regulador de cuenca certifica que «no procede la incoación de expediente sancionador» por haber secado acuíferos, dejado sin abastecimiento a pueblos de la cuenca del Bernesga y derrochado millones de litros de agua debido a las obras de la Variante de Pajares. Un criterio con el que contesta la CHD a la denuncia interpuesta por la Federación de Entidades Locales Menores y la asociación Lacerta, que insisten en la desigualdad de trato que se produce por tratarse de un organismo dependiente del Ministerio de Fomento, mientras que «a un particular que pone un plástico en una presa o un río para regar se le multa con 4.000 euros».

Las dos entidades afectadas avanzaron ayer que recurrirán esta contestación de la CHD «en defensa de los intereses públicos de los pueblos y de los ecosistemas de Red Natura afectados». Pese a que el organismo regulador de cuenca insiste en que Adif «está proyectando actuaciones para la eliminación o disminución de las filtraciones de aguas superficiales en los ríos y arroyos afectados», así como para «establecer un sistema de aforos en los cauces afectados y cuantificar debidamente las pérdidas de aguas superficiales», la representación legal de los pueblos subraya que «el problema no está en sancionar o no, sino que el artículo 118 de la Ley de Aguas liga la infracción a la obligación de restauración o reparación de los daños». «Si no hay infracción se podría decir que no hay obligación de reparar. Y eso es muy grave», plantean los colectivos denunciantes.

La federación y la asociación Lacerta inciden en que «la Ley de Aguas, en su artículo 116, califica como infracción las acciones que causen daños a los bienes de dominio público y la derivación de aguas de sus cauces, así como alumbramiento de aguas sin concesión o autorización». Una situación que, como admite CHD, se ha producido, pero que no deriva en la imposición de una sanción, como se hace con los particulares y entidades locales menores, debido a que se trata de una administración pública estatal.

Más allá de la sanción, la Federación de Entidades Locales Menores y Lacerta insisten en que «lo que resulta relevante e irrenunciable es que se reconozca la obligación de Adif de reparar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico y reponer las cosas a su estado anterior».

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