jueves, 25 de julio de 2013

Las pedanías pagarán el trabajo de los secretarios municipales

Diario de León, ara lópez | león 25/07/2013.- El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó ayer el decreto que regula las funciones de secretaría para las entidades locales menores de Castilla y León, aprobado el pasado jueves en Consejo de Gobierno. Este decreto, determina que el desempeño de la totalidad de las funciones reservadas en todas las entidades locales menores será retribuido por el municipio o municipios agrupados a través de un complemento de productividad y financiado por las entidades locales menores beneficiarias previo convenio suscrito a tal fin con las mismas, en el que se pondedará, entre otras, su número, presupuesto y población, así como el volumen de recaudación municipal por tributos a cargo de los residentes en cada entidad local menor.
El decreto marca las funciones de secretaría e intervención en las 2.226 entidades locales menores existentes en la Comunidad que deberán desarrollar el secretario municipal o el servicio de asistencia y asesoramiento a municipios de las diputaciones y facilita a las entidades locales menores cumplir con las obligaciones impuestas por el Ejecutivo central en cuanto a rendir cuentas de cada ejercicio. Se trataba de un asunto complejo, ante la necedidad de contar con personal cualificado para realizar esta labor y ponía en peligro la perviencia de muchas juntas vecinakles.
A este respecto, deben diferenciarse tres supuestos, el de los municipios o agrupación de municipios cuyas funciones de secretaría e intervención se desempeñan de forma conjunta, aquellos otros iguales o inferiores a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas y aquellas que se prestan en municipios con más de 20.000 habitantes.
Las diputaciones provinciales y el Consejo Comarcal del Bierzo podrán colaborar para prestar las funciones públicas necesarias y reservadas de las entidades locales menores de los municipios o agrupaciones de municipios con población igual o inferior a 20.000 habitantes en los que las labores de secretaría e intervención-tesorería están separadas, en los términos que se puedan pactar en un convenio interadministrativo entre la institución provincial correspondiente o el Consejo Comarcal de El Bierzo y cada ayuntamiento y todas las juntas vecinales afectadas.
Exceso de trabajo
En el supuesto de que en el municipio o municipios agrupados existan más de tres entidades locales menores, o los presupuestos del municipio o municipios agrupados más los del conjunto de las entidades locales menores superen 500.000 euros, el funcionario de administración local con habilitación de carácter estatal podrá solicitar, por exceso de carga de trabajo, la asistencia técnica y jurídica por parte de la Diputación o del Consejo Comarcal del Bierzo.

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