Ileon.com, 20/11/2012.- La Federación exige la inmediata implantación del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales Menores(SAELM) que prevé la Ley de Régimen Local de 1989.
La Federación Leonesa de Entidades Locales Menores (FLELM) informa que muchas Juntas Vecinales de León han empezado a recibir cartas del Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, el popular Jesús Encabo Terry, requiriéndolas para que en el plazo de un mes procedan a presentar las cuentas del año 2011.
La FLELM denuncia que la mayoría de las Juntas Vecinales está siendo condenada a un absoluto bloqueo que les impide adoptar acuerdos de forma legal, entre otros acuerdos el de aprobar sus cuentas, lo que les impediría cumplir con la normativa vigente para que los acuerdos de las Juntas Vecinales sean válidos es necesaria la intervención del Secretario del Ayuntamiento respectivo o de un Secretario habilitado del SAM de la Diputación. Según la FLELM muchos Secretarios municipales se niegan a intervenir en los acuerdos de las Juntas Vecinales, como impone la Ley de Régimen Local, y la actual plantilla del SAM de la Diputación de León—con un solo Secretario habilitado para toda la provincia, excluida la Comarca de El Bierzo, que tiene otro—, son absolutamente insuficientes para las 1.234 juntas vecinales de la provincia.
"No se puede exigir el cumplimiento de la Ley a las Juntas Vecinales si el resto de las Administraciones no cumplen con la Ley de Régimen Local", consideran desde la FLELM. El TSJ de Castilla y León ha dictado varias sentencias denunciando la ausencia de desarrollo reglamentario de la Ley de Régimen Local. "Este es un tema absolutamente grave y prioritario y exige la inmediata intervención del Consejero de Presidencia, que ordene la aprobación del reglamento del SAELM" pide la Federación que agrupa a un buen número de concejos leoneses.
La Federación leonesa está prestando asesoría a sus asociadas en relación con este tema esencial para la provincia de León, pero considera que tienen que actuar:
La Junta de Castilla y León aprobando el reglamento previsto en la Disposición Adicional sexta de la Ley de Régimen Local de Castilla y León de 1998.
La Diputación de León, dotando al SAM de los suficientes Secretarios habilitados para prestar el servicio a las Juntas Vecinales. O creando el SAELM, que prevé la Ley de 1998.
Los Ayuntamientos, ordenando a sus secretarios que certifiquen los acuerdos de las Juntas Vecinales de su municipio.
La Federación hace un llamamiento a las Juntas Vecinales a que exijan la protección y asistencia que les otorga la Ley de régimen local.
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